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¿Me puedo trastear en cuarentena?

En un inicio el traslado de bienes muebles de un lugar a otro estaba prohibido. Sin embargo, el gobierno colombiano ha venido ejecutando varias medidas de incorporación de la ciudad de muchas personas de diferentes sectores.

Estas medidas responden a la activación económica y laboral de algunos sectores dentro del país. Precisamente, el gobierno nacional a través del Decreto 593 de 2020 emitió la relación de todas las actividades económicas y laborales que pueden operar dentro del marco de la pandemia del Covid 19.

En lo pregunta y/o problemática planteada ¿Me puedo trastear durante la cuarentena? el decreto mencionado nos enseña en el artículo 5 la prestación del servicio de movilidad y que expresa lo siguiente:

Se deberá garantizar el transporte de carga, el almacenamiento y logística para la carga

Teniendo esta manifestación dentro de esta norma, se puede establecer que las mudanzas o trasteos se pueden realizar sin ningún problema. De igual manera, la Circular Conjunta Nro. 5 del Ministerio de Transporte reguló todo el tema de las mudanzas, ordenando que estas deben hacerse con los protocolos de biodiversidad que son exigidos para todas las empresas y que se encuentran dentro del Decreto 636 de 2020.

En consecuencia, las mudanzas o trasteos están permitidos para las empresas que presten estos servicios, pero NO ordena y mucho menos faculta a las personas particulares realizar este tipo de actividades